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AutorRespuesta No: 2010
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Septiembre de 2011 18:25 2011-09-14 18:25 desde IP: 189.146.116.238
Si Usted ya analizó su caso y considera que tiene elementos para iniciar la acción en contra de la aseguradora y toda vez que ya agotó el trámite ante la CONSYF y CONDUSEF, intente la acción correspondiente en la vía ordinaria civil.
Saludos.
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