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  • Consulta : 1896
  • Autor : Dictamen Legal
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  • Autor
    Respuesta No: 1890

  • Dictamen Legal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no hay testamento, tu mámá es la heredera legítima del 50% del inmueble que refieres y en general de toda la masa hereditaria, si existiera. Tus hermanos y tú son coherederos del otro 50%. Por lo anterior, nadie, salvo tu mámá, puede hacer actos de administración de esos bienes. Ahora bien, es posible que denuncies el juicio sucesorio intestamentario, pero debes estar conciente que puede tardar un poco debido al comportamiento que mencionas tienen tus hermanos. Probablemente, estaremos hablando de un par de años, pudiera ser mucho menor en caso de que todos estén de acuerdo. El costo del juicio generalmente depende de cuántos bienes existan. Para obtener una sentencia de adjudicación por herencia, necesariamente debes seguir el juicio correspondiente.