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AutorRespuesta No: 1878
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Agosto de 2011 20:45 2011-08-22 20:45 desde IP: 189.136.188.34
Para efectos juridicos todos los niños menores de 12 años, deben permancer al cuidado de su madre; salvo que ésta, realice conductas omisivas, o ponga en peligro el interés superior del menor, no es nadaa sencillo de acreditar, se necesitan pruebas contudentes, claras, periciales, etec.
Inicia un régimen de convivencias, pero antes consigna los pagos en un juzgado por concepto de la pensión alimenticia; porque la madre del niño, con la mano en la cintura te reconviene, te demanda el aseguramiento y pago de una pensión alimenticia.
No importa que seas mastro, ni que ganes más, eso no lo toman en cuenta. Para todos los jueces siempre estará la madre.
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