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  • Consulta : 1838
  • Autor : ilianave
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  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
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  • Autor
    Respuesta No: 1848

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hiciste una consulta en el foro, identificada con el número 122829, la respuesta que se dio ahí fue la siguiente:

    "Deberás informar al C. Juez que el oficio que se expidió en 2009 no fue entregado al Registro Civil en su oportunidad por la parte actora y que solicitas la expedición de nueva cuenta de dicho oficio como de una copia certificada de la sentencia para anexarla al mismo, para lo cual debes adjuntar el pago de derechos correspondiente (paga en el banco el número de copias certificadas de que consta la sentencia y agrega el comprobante al escrito).

    Asimismo, anexa la copia certificada del acta de matrimonio para acreditar que efectivamente no se ha realizado la anotaciòn correspondiente."

    Si tienes alguna duda sobre dicha respuesta, comentala y con gusto se te da seguimiento.

    Lo que pasa es que si preguntas en la Sala y en el foro, se pueden dar respuestas contradictorias que lo único que van a ocasionar es confundirte a tí y a todos los demás foristas.

    Por eso se les sugiere hacer sólo una consulta, ya sea aquí o en el foro para que no se dupliquen las respuestas y las preguntas.

    Saludos.