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AutorRespuesta No: 1831
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Fecha de respuesta: Sábado 13 de Agosto de 2011 16:48 2011-08-13 16:48 desde IP: 189.180.68.158
En respuesta a tus preguntas, te comento:
1.- Claro que está bien que tu abogado te quiera cobrar el otro juicio, son acciones diferentes. El te puede cobrar lo que quiera y tu sabrás si lo aceptas o acudes con otro abogado para que te lleve el asunto, ni él ni tú están obligados a trabajar de nuevo en este nuevo proceso.
Si tu vas a un dentista y te cura una muela, le pagas, no?
Y si te cura otra muela, también le pagas.
Son juicios diversos, uno fue un juicio ejecutivo mercantil y el nuevo juicio es un ordinario mercantil.
Estos pagos obedecen a tu negligencia por no haber recuperado los títulos de crédito y pues los errores se pagan.
Tu abogado sólo está haciendo su trabajo, el se mantiene de eso y no tiene porqué regalar su trabajo.
2.- Efectivamente, si no contestas la demanda, se tendrá por contestada en sentido afirmativo y cuando se dicte la sentencia, si no pagas voluntariamente, nuevamente pueden ordenar el embargo de bienes para que sean rematados y con su producto se cubra la deuda.
3.- El nuevo juicio no se tiene porqué detener por la entrega de los muebles, aunque sean las mismas personas las que intervienen, son acciones distintas.
Suerte!!
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