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  • Consulta : 1819
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 1831

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a tus preguntas, te comento:

    1.- Claro que está bien que tu abogado te quiera cobrar el otro juicio, son acciones diferentes. El te puede cobrar lo que quiera y tu sabrás si lo aceptas o acudes con otro abogado para que te lleve el asunto, ni él ni tú están obligados a trabajar de nuevo en este nuevo proceso.

    Si tu vas a un dentista y te cura una muela, le pagas, no?

    Y si te cura otra muela, también le pagas.

    Son juicios diversos, uno fue un juicio ejecutivo mercantil y el nuevo juicio es un ordinario mercantil.

    Estos pagos obedecen a tu negligencia por no haber recuperado los títulos de crédito y pues los errores se pagan.

    Tu abogado sólo está haciendo su trabajo, el se mantiene de eso y no tiene porqué regalar su trabajo.

    2.- Efectivamente, si no contestas la demanda, se tendrá por contestada en sentido afirmativo y cuando se dicte la sentencia, si no pagas voluntariamente,  nuevamente pueden ordenar el embargo de bienes para que sean rematados y con su producto se cubra la deuda.

    3.- El nuevo juicio no se tiene porqué detener por la entrega de los muebles, aunque sean las mismas personas las que intervienen, son acciones distintas.

    Suerte!!