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AutorRespuesta No: 1805
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Agosto de 2011 22:07 2011-08-03 22:07 desde IP: 189.165.47.73
Hola jr. no tiene ningún inconveniente ya que no podrá hacer ningún cambio sino hasta que se pague la casa y se libere el gravamen, una vez que se libere el gravamen con la copia certificada de la sentencia y el convenio que se firmo al momento de liquidar la sociedad puede ante notario hacer las modificaciones correspondientes… saludos…
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