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Fecha de respuesta: Domingo 31 de Julio de 2011 15:47 2011-07-31 15:47 desde IP: 189.234.190.27
yo...tu... y tu sposa... somos copropietarios de un terreno..
yo deseo vender.....
debo avisarles a ustedes que son compradores preferentes de esa parte de la cosa...para que manifiesten por escrito y ante el juzgado que no desean adquirir mi parte de la cosa...
el ,derecho al tanto ...lo designa la ley.... y es equivalente a un tercio del valor de la ganacia...
la cosa vale 100 pesos...pero la voy a vender en 120... le voy a ganr 20... que se dividen entre tres...y dos tercios son los valores dle tanto...
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