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  • Consulta : 1745
  • Autor : rgomezrendon
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  • Autor
    Respuesta No: 1829

  • rgomezrendon
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Te comento que la afianzadora es un tipo de fiador, encuentra su fundamento en el Código Civil, sin embargo la afianzadora por ser una persona moral dedicada a afianzar, o garantizar obligaciones esta sujeta a una ley más especial, que es la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. En el caso de un contrato de arrendamiento, una afinzadora otorga una fianza en favor del arrendador para garantizar las obligaciones del arrendatario, en caso de incumplimiento, la afianzadora esta obligada al pago de las obligacioens a cargo del su fiado (arrendatario). Espero que esto conteste tu pregunta y sea de utilidad.