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AutorRespuesta No: 1747
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Julio de 2011 22:11 2011-07-27 22:11 desde IP: 189.163.179.49
Buenas Noches dependiendo de la entidad federativa es la ley aplicable, aqui en el d.f. comunmente seguimos el que se pierda primero la patria potestad del padre que lo reconocio obviamente con causales comprobables, como el abandono del menor por mas de tres meses o bien abandonar al menor, y una vez con sentencioa favorable, procederia el reconocimiento de paternidad pero el juez familiar debera de asegurarse de que es su hijo a traves de la prueba de ADN.
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