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  • Consulta : 1735
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • Autor
    Respuesta No: 1732

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas Noches:

    Las pensiones alimenticias se pueden modificar siempre y cuando las condiciones de vida en el momento en que se pactaron se hayan modificado, ´por ejemplo si celebraron un convenio cuando el hijo tenia 2 años ahora va a entrar a estudiar una carrera universitaria a la mejor el dinero que le sufragaba ya no es el suficiente, y mejor si usted comprueba que las posibilidades del deudor alimentista, son las favorables para otorgarle el aumento, este se podra incrementar a criterio del juez familiar-

    Especialistas en Derecho Familiar Lic Valeria Ortiz Rubio Lic Lizeth Ruiz Garay  Avenida Rio Churubusco 36 Interior 302 Colonia Actipan a una cuadra de insurgentes

    W w w ortizrubiolegal . C o m . M x  42019327 Mexico Df