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AutorRespuesta No: 1511
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Fecha de respuesta: Martes 28 de Junio de 2011 14:24 2011-06-28 14:24 desde IP: 187.145.211.151
La filiación se prueba con el acta de nacimiento.
Luego entonces, si tu apareces como padre del niño, en el acta; hace prueba plena, salvo pacto en contrario. Por lo tanto tienes derechos y obligaciones.
Si el niño es menor de 12 años. ningún juez te va a otorgar la guarda y custodia definitiva, pero si puedes demandar un régimen de convivencias, asegurando y pagando una pensión alimenticia suficiente y bastante para cubrir las necesidades del menor.
Consulta a un Abogado de tu localidad.
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