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AutorRespuesta No: 1478
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Junio de 2011 13:24 2011-06-22 13:24 desde IP: 189.136.45.241
La patria potestad la conservan ambos padres, mientras un juez no determine lo contrario.
Lo que tu deseas es la Guarda y Custodia definitiva de los menores, para esto le tienes que demostrar al juez que la madre ejerce actos de violencia contra los menores . o realiza conductas que atentan contra el normal desarrollo de los mismos, solamente que demuestres esto, en juicio, el juez te va a conceder la guarda y custodia, ya que por ministerio de ley, los niños menores de 12 años deben permancer al cuidado de su madre.
No obstante, si la relación con tu esposa no está del todo fracturada puedes convenir con ella, en que te ceda la custodia, de no aceptar, tendrás que iniciar el procedimiento correspondiente de cambio de guarda y custodia.
Al ser el padre, tienes derecho a un régimen de convivencias con tus hijos, sino lo tienes, te sugiero que consultes a un abogado de tu comunidad, para que lo inicie.
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