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AutorRespuesta No: 1449
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Junio de 2011 20:50 2011-06-17 20:50 desde IP: 189.137.190.198
Para que no incurras en ese supuesto, tienes que consignar el pago de la pensión alimenticia, por medio de un Billete de Depósito que compras en Nacional Financiera, ingresas una promoción al jzugado y listo, asesorate de un abogado, es un trámite sencillo.
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