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  • Consulta : 1492
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 1445

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Rossyvar

    Para el supuesto de que su marido muriera sin otorgar testamento, usted tendria derecho a  tercios de la herencia es decir a un 66% y el otro tercio se dividiria en partes iguales entre los hermanos de su marido, tal y como lo dispone el articulo 1627 del Codigo Civil, mismo que a la letra señala:

    Artículo 1627.- Concurriendo el cónyuge con uno o más hermanos del autor de la sucesión, tendrán dos tercios de la herencia, y el tercio restante se aplicará al hermano o se dividirá por partes iguales entre los hermanos.

    Saludos.