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  • Consulta : 1490
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 1420

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Su marido le está mintiendo ya que en primer término , ustedes no establecieron un domicilio conyugal , ya que vivían en cálidad de arrimados en la casa de sus suegros ( no es un término mío, así lo lo ha establecido la suprema corte de justicia de la nación, para que no se vay a enojar )y por lo tanto no se configura un Acta de Abandono de Hogar, pues éste nunca existió.

    A mayor abundamiento, en caso de que si hubieran establecido un domicilio conyugal en el D.F , el acta de abandono de hogar, no le sirve de nadaa,  pues solo es una declaración unilteral de la voluntad y carece de valor probatorio , en contra suya.

    Lo que le recomiendo es que demande de su marido  el aseguramiento y pago de una pensión alimenticia, para su hija, así como la guarda y custodia definitiva.

    Le sugiero que consulte al Abogado de su confianza.

    Lic. Mecino

    cel: 5531195396.

    México, Distrito Federal.