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  • Consulta : 1452
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 1392

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si, es justo 20% por cada hijo. Sin embrgo usted puede solicitar la reducción de la pensión si se casa o tiene un nuevo hijo.

    En cuánto a la patria potestad supongo que ámbos padres la conservan, existen causales para su pérdida como la omisión de brindar pensión alimenticia, omisión de cuidado, que alguno de los padres ponga en riesgo el normal desarrollo del niño, etc. No confunda con la guarda y custodia., son dos figuras distintas.