Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 1401
  • Autor : F430LEGAL
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 510
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1358

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A ver, explícate bien, si vives en unión en libre, entonces no es tu esposa. Dices que no fue reconocido por su papa y lleva sus apellidos ??? entonces si lo reconoció, que no se haya hecho cargo de su hijo es otra cosa.

    La madre del niño, tiene que demandar el padre biológico la pérdida de la patria potestad, por virtud de la omisión de cuidado y de ministrar alimentos. Una vez que lleve  cabo el juicio y obtenga resolución favorable. Tu puedes ejercitas la acción de dopción plena.

    Es mediante un juicio, no es un trámite. Necesitan contratar un Abogado.