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- Autor : Arturo Hdez Cuadra
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Mayo de 2011 12:24 2011-05-14 12:24 desde IP: 189.182.162.48
Estimada Adripc:
El procedimiento es relativamente sencillo.
Forzosamente necesita la asistencia de un abogado, pero - mas que un juicio de controversia - es un tramite judicial (por llamarlo de alguna manera).
Solamente necesita llevar el Acta de Matrimonio con un abogado, junto con cualquier documento que acredite la propiedad de los bienes que fueron adquiridos durante la vigencia del matrimonio y la forma en que desean distribuirlos. En dado caso que no existan bienes por repartir, entonces, solamente el Acta de Matrimonio es necesario.
Su abogado de confianza tramitará una Jurisdiccion Voluntaria ante el Juzgado Familiar correspondiente y posteriormente deberán asistir al Juzgado a ratificar dicha intencion del cambio de regimen.
Al concluir este tramite, la Sentencia se inscribirá en Registro Civil.
Saludos.
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