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  • Consulta : 1298
  • Autor : ABOGADO1982
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  • Autor
    Respuesta No: 1287

  • ABOGADO1982
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Agus32:

    Nuestra legislación contempla el derecho que tienen tanto los padres como lo hijos para convivir unos con otros, y su principal interés es que los menores sepan quienes son sus padres, a que se dedican, que sepan su origen, etc., etc., etc., es por ello que nadie puede negarse a que cualquiera de los progenitores conviva con sus hijos.

    Ahora bien, lo procedente, por el bien de los niños, es que de manera conciliatoria tu expareja y tu firmen o suscriban un convenio, ya sea ante un notario o juez, donde señalen cuales son las condiciones en que podrás ver a tus hijos y estar con ellos y las fechas en que los menores la podran pasar a tu lado, recuerda que el derecho de convivencia es equitativo entre los padres respecto de los hijos, por lo que en dicho convenio tendran que ponerse de acuerdo en fechas como cumpleaños, navidades, año nuevo, dia del niño, vacaciones, etc.

    Si lamentablemente tu expareja se negare a suscribir cualquier tipo de convenio, entonces acude a la vía judicial y demanda el derecho de convivencia y ya será un juez competente (familiar o mixto de primera instancia) quien se encargará de regular aquello que te menciono en el parrafo que antecede.

    Espero haber ayudado a despejar tus dudas.

    Suerte.