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  • Consulta : 1282
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 1273

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El porcentaje lo fija el juez de lo familiar en base a tus posibilidades y a las necesidades del acreedor alimentario, oscila entre 20% y 30 % sobre todas tus percepciones ordinarias y extraordinarias.

    El porcentaje es por cada acreedor. Y me imaginó que la pensión es para tus hijos.

    Si el juez no fija una cantidad, la madre de los hijos siempre te va a pedir más, haz las cosas bien y contrata un abogado pra que consigne los pagos o inicie el juicio respectivo.

    Por cierto , supongo que tienes comprobantes de pago verdad, porque sino , la señora en cualquier momento te denuncia por el incumplimiento de obligaciones alimentarias, es delito; abusado.