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AutorRespuesta No: 1266
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Mayo de 2011 12:10 2011-05-06 12:10 desde IP: 201.116.245.210
1.- alimentos
2.- creditos laborales
3.- la conyuge superstite tiene que acudir a deducir sus derechos hereditarios y los acreedores demandar a la suceción para el pago de los creditos.
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