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  • Consulta : 1266
  • Autor : Arturo Hdez Cuadra
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  • Autor
    Respuesta No: 1321

  • Arturo Hdez Cuadra
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Dependiendo el monto, tambien puedes embargar bienes muebles que consideres que el deudor no tenga documentos (joyeria, TV, etc.)

    A veces puedes embargar la joyeria mas facilmente, y como por regla general la joyeria tiene un valor sentimental, el deudor prefiere pagar que correr el riesgo de perder algo como su anillo de matrimonio o una joya heredada por su difunta madre o padre.

    Saludos.