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AutorRespuesta No: 1171
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Abril de 2011 14:53 2011-04-13 14:53 desde IP: 189.136.57.149
En la sociedad conyugal son propios de cada cónyuge, salvo pacto en contrario que conste en las capitulaciones matrimoniales:
Los bienes y derechos que tenga al tiempo de celebrarse el matrimonio, y los que posea antes de éste.
Como te darás cuenta, si la casa la adquiriste antes de casarte, no entra en la sociedad conyugal, a menos que tu hayas maniifestado lo contrario.
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