Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 1151
  • Autor : CarlosDeLeon
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 55
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1180

  • CarlosDeLeon
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada gogorin, los mandatos o poderes regularmente terminan con la muerte del mandante ( su padre) o con la muerte del mandatario, en este caso si su padre fallecio y sus hermanos tienen ese poder general amplisimo y pudiera ser para actos de dominio, el cual les da la facultad de disponer como propio los bienes del mandante, a qui lo aconsejable es promover un juicio sucesorio intestamentario ( supongo que su padre no dejó testamento) y señalar en el mismo los bienes muebles e inmuebles que dejo su padre, nombrandose algunas de ustedes albacea de la sucesio, y con tal caracter demandar a sus hermanos la nulidad de lo actuado por ellos con ese poder despues del fallecimiento del padre.