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Fecha de respuesta: Martes 28 de Febrero de 2012 14:00 2012-02-28 14:00 desde IP: 132.247.33.238
el pago de derechos se puede utilizar mientras no prescriba el credito fiscal en tu favor, lo que pasa es que cambio la tarifa a lo cual deberas cubrir el restante, ve a las oficinas del sat y que te den el formato de declaracion complementaria y listo espero te sirva
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