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  • Consulta : 526
  • Autor : luismsalvadorr
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  • Autor
    Respuesta No: 724

  • luismsalvadorr
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    el pago de derechos se puede utilizar mientras no prescriba el credito fiscal en tu favor, lo que pasa es que cambio la tarifa a lo cual deberas cubrir el restante, ve a las oficinas del sat y que te den el formato de declaracion complementaria y listo espero te sirva