- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 513
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 686
-
Fecha de respuesta: Martes 03 de Enero de 2012 20:40 2012-01-03 20:40 desde IP: 201.141.115.233
La debe pagar el titular del contrato con la CFE, pero debe darle aviso al dueño para que pueda defenderse ante el Tribunal Federal de Justiticia Fiscal y Administrativa, cuenta con 45 días a partir de que le notificaron la multa, que más que multa en un reajuste de facturación, si no le avisa al dueño él podrá revertir el cobro a Usted por no notificarle.
-
Autor





