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Fecha de respuesta: Martes 25 de Octubre de 2011 11:40 2011-10-25 11:40 desde IP: 201.141.35.184
Lo que tiene que hacer cuando esté alguien en su casa y le requiera algún pago, es solicitar que se identifique el actuario o ejecutor del juzgado, ya que nadie puede ser molestado en su casa, posesiones o cosas si no es mediante un mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. Si quien la está molestando no se identifica como funcionario de un juzgado de inmediato llama a una patrulla y los denuncia por usrpación de funciones y lo que resulta. Si ve que alguién está tomando fotografías de su casa a auto, también llama a una patrulla porque que teme de que se trate de secuestradores y para que expliquen las razones por las que lo hacen. Pero lo más importante es que Usted no es la deudora y no existe documento alguno que así lo acredite, por lo que suponiendo que sí exista una demanda, a usted no le pueden requerir ni embargar.
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