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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Agosto de 2011 21:31 2011-08-11 21:31 desde IP: 187.159.22.46
Muy buenas noches, ¿cuándo se la notificaron? y mediante el Jucio de Nulidad, que es el medio que le quedaría podemos ver si aún está en tiemlpo o no, toda vez que la última quincena del mes pasado, el Tribunal Fiscal estuvo de vacaciones y esos días no se cuentan, son inhábiles. Ahora bien, si ya se excedió también ese término, puede esperar a que le requieran el pago, impugnarlo desconociendo el origen del crédito, para que después se lo den a conocer y pueda formular su ampliación de demanda, en la cual ya impugnará la legalidad de la notificación del documento determinante y hacer valer los agravios formales y de fondo a que haya lugar, del mismo.
Cualquier duda adicional, quedo a sus órdenes. Saludos.
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