- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
OBLIGADO SOLIDARIO COMO RETENEDOR DE ISR, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO
- Consulta : 99836
- Autor : evazquezalfa_NR
- Publicado : Viernes 28 de Enero de 2011 01:27 desde la IP: 189.181.181.207
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,147
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 28 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
como obligado solidario de los trabajadores, en el caso de retenciones del isr, si se llegara hacer un ajuste a sus impuestos y esto generara cargas fiscales quien tendria que cubrir esos recargos y actualizaciones
agradeciendo su atencion
E.vazquez
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 356182
-
Fecha de respuesta: Lunes 02 de Junio de 2014 23:38 2014-06-02 23:38 desde IP: 187.232.165.23
Claro está que sería usted como patrón, ya que es su obligación hacer las retenciones cada periodo de pago, y si lo hizó en menor cantidad el error es suyo no de los trabajadores, ya que estos últimos solo cobran lo que usted les paga, y usted se encuentra en posibilidades de hacer las retensiones correctas cada vez que hace los pagos, luego entonces los trabajadores no deben pagar sus errores.
Solo se puede hacer descuentos a los trabajadores en los meses de Enero y Febrero cuando del cálculo anual se tengan diferencias, pero solo con relación al ISR y nunca con la actualización y recargos.
Saludos
Lic. Ariel Reyes
-
Autor