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CALCULO
- Consulta : 98877
- Autor : ahpuebla_NR
- Publicado : Jueves 20 de Enero de 2011 21:16 desde la IP: 189.130.232.50
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,140
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 20 de Enero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 206293
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 22:19 2011-01-20 22:19 desde IP: 189.216.165.71
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AutorRespuesta No: 206296
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 22:32 2011-01-20 22:32 desde IP: 189.132.169.106
Se otorga judicialmente entre un 20 a 25 porciento de tus ingresos. En relación a la madre del menor, si tu estas casado con otra persona, no se le otorga ninguna pension, solo es para el menor, ya que ella, no tiene la calidad de esposa o concubina, por lo cual no se le otorga pension. tambien cabe la posibilidad de que tu y la madre del menor, puedan pactar de mnaera conciliatoria, la cantidad que le des como pension alimenticia. Dudas o comentarios "jarligonio">jarligonio
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