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PRESCRIPCION DE LA ACCIóN CAUSAL

  • Consulta : 98694
  • Autor : luis_tgz
  • Publicado : Miércoles 19 de Enero de 2011 20:37 desde la IP: 189.194.107.159
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,224
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  • Autor
    Consulta

  • luis_tgz
    USUARIO REGISTRADO

    Hola;

    Buenas Noches; les escribo porque quisiera asesoría en mi asunto en particular, soy poseedor de un cheque otorgado el 26 de enero de 2007,

    el cual fue reclamado en acción cambiaria ese mismo año, sin embargo en septiembre de 2007 se le decreto la caducidad de la instancia.

    Hoy en vista q ha prescrito mi acción cambiaria, podría ejecutar la acción causal? o porque otra vía podría reclamarlo.

    Podría operar el fraude? en este caso la legislación aplicable es la del estado de Chiapas.

     

    Gracias de antemano por la ayuda.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 206073

  • paulosar1970
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    fraude? habría que ver el caso concreto. La acción causal te prescribe en 10 años por lo que aún estas a tiempo de ejercitarla.



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