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INFORMES
- Consulta : 98605
- Autor : mrc9332_NR
- Publicado : Miércoles 19 de Enero de 2011 13:22 desde la IP: 201.161.24.22
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,088
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 19 de Enero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 205905
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Enero de 2011 13:35 2011-01-19 13:35 desde IP: 189.136.53.25
Consultante:
Negativo. Los bienes adquiridos por herencia no forman parte de la sociedad conyugal. Por lo que no entran en la liquidación de la misma.
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