Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ARRENDATARIA MOROSA

  • Consulta : 97446
  • Autor : pituko
  • Publicado : Lunes 10 de Enero de 2011 22:09 desde la IP: 189.229.32.186
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,075
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • pituko
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas noches, les pido su valioso apoyo en el siguiente caso:

     

    Mi padre dio en arrendamiento hace aproximadamente 3 años un bien inmueble a una profesionista con la finalidad de que ésta ocupara un local comercial como consultorio dental. Se estableció un contrato de arrendamiento por 6 meses tiempo durante el cual la arrendataria cumplio en forma regular elpago de la renta por lo cual mi padre extendió el contrato por 6 meses mas, sin embargo la arrendataria dejo de abrir su consultorio y dejo de pagar la renta contratada por lo que mi padre ya no renovo el contrato y dejó de pagar impuestos ya que no tenía ingresos por la renta de esta propiedad. En reiteradas ocasiones mi padre le solicitó verbalmente a la arrendataria que entregara el local, sin embargo ella no se negó pero tampoco desocupó el local.

    Mi pregunta expresa es ¿a que instancia acudo para levantar la denuncia correspondiente para que la arrendataria desocupe ese local?

    y si el ¿Código Civil Federal es la unica legislación para este tipo de arrendamientos?

     

    Mi interés es que esta pseudoprofesionista  entregue el local , sin embargo, existe alguna ley que la obligue a pagar los daños ocasionados a mi padre por no pagar la renta durante cuando menos dos años de estarlo ocupando?

     

    La documentación probatoria que existe es el propio contrato de arrendamiento, los pagos de impuestos a hacienda por ese concepto y los recibos que firmó mi padre de las rentas que pagó puntualmente la arrendataria, que no creo que excedan de siete meses. 

     

    Agradezco infinitamente su apoyo.

     

    Pituko

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 204165

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que procede es demandar en via de controversia de arrendamiento a la inquilina, el pago de las rentas y la desocupacion del lugar, solicitando al juez,  el embargo de bienes para garantizar el pago de las rentas adeudadas. Atte. Lic. J. L.Camacho.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión