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- Consulta : 97342
- Autor : estela.aguilar_NR
- Publicado : Lunes 10 de Enero de 2011 11:35 desde la IP: 148.203.151.219
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,084
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Puebla
voy a liquiar una deuda por la cual hubo una demanda, el abogado me dice que me dará copia del desistimiento de la demanda, es esto suficiente para garantizar que mi deuda quedara liberada?...que la demanda ya no procedera y por tanto la garantia quedará liberada?,,,
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 204044
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Enero de 2011 13:48 2011-01-10 13:48 desde IP: 189.236.40.144
no me proporiona mayores datos espero le sirva la respuesta para despejar sus dudas si existiera una demanda civil o mercantil, en la cual ya le fue notificada por el actuario judicial y le embargaron precautoriamente bienes y usted decide llegar a un arreglo es decir pagar la deuda a su acreedor este al recibir el pago presenta un escrito de desistimiento por darse por bien pagado y este posteriomente al acuerdo que recae a su promocion es que debera ratificar ese desistimiento ante presencia judicial, es decir ante el juzgado que conozca del asunto una vez esto hecho se entiende por pagada la deuda, debiendo aclarar que si la base de la demanda es un titulo de credito debera devolverselo a usted para evitar futuros cobros
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