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CULPABLE ART. 196 CODIGO PENAL

  • Consulta : 97156
  • Autor : Luis Ernesto
  • Publicado : Sábado 08 de Enero de 2011 11:33 desde la IP: 189.144.53.29
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,226
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  • Autor
    Consulta

  • Luis Ernesto
    USUARIO REGISTRADO

    Saludos a todos en el foro, mi situacion es la siguiente:

    En diciembre del 2004 en el estado de México participe en accidente automovilistico, se llevo el juicio en el cual fui sentenciado culpable por el delito al que refiere el Art. 196 (conducir en estado de ebriedad) Derogado en mayo del 2006. La sentencia del juez fue la toma de huellas (ficha). A lo anterior no obedeci y nunca me presente a que me ficharan. Mis preguntas son:  Si nunca fui fichado puedo tramitar la carta de antecedentes penales? Tengo orden de aprehension o presentacion? Al ser derogado el articulo el delito sigue vigente?, esto, debido a que se cometio en el tiempo de vigencia en el codigo penal? Como puedo  saber si tengo orden de aprehension o algun tipo de demanda? El delito preescribe con el tiempo? Como debo proceder ya que quiero arreglar esta situacion!  Mil  gracias por su orientacion. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 203700

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No estoy muy seguro, pero creo que si el articulo en cuestion es derogado, segun el Articulo 14 Constitucional, ninguna sancion tiene vigor retroactiva en perjuicio de las personas, Lo malo es que no acudiste en tiempo y forma a resivir la sentencia.



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