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SUBARRENDAR UN LOCAL SIN LIQUIDAR

  • Consulta : 287984
  • Autor : vigfe_NR
  • Publicado : Miércoles 27 de Enero de 2021 18:40
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • vigfe_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Campeche
    Buenas tardes Tengo un contrato de compraventa firmado yo como vendedor y un tercero como comprador, el inmueble se debió de liquidar desde hace 5 años y no se a pagado en su totalidad, por lo que busco recuperar la posesión, ahora bien está persona a la que le vendí el inmueble lo a estado rentando y recibiendo frutos de esa renta, tengo entendido que esto vendría siendo un sub arrendamiento y para poder hacerlo tendría que haberlo yo autorizado. Estoy en lo correcto? Si demandó la recuperación del local, podría también reclamar algo de esas rentas que ella a estado cobrando durante 5 años? Si el contrato no especifica una tasa de intereses para el cobro del saldo, hay alguna forma de aún recuperar algo más por el tiempo? Adicional les comento que la escritura está a mi nombre ya que como no pago el saldo 70% del precio, no hemos firmado nuevas escrituras.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 400623

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Un contrato de compraventa no tiene relación con un contrato de arrendamiento y por lo tanto no existe subarrendamiento. Si aún le adeudan el 70% del precio pactado lo que corresponde es demandar la rescisión del contrato, y claro está tiene derecho a reclamar como compensación el pago de las rentas por el tiempo que ha ocupado el inmueble si no se señaló una cláusula penal.



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