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QUE PROPORCIóN DE LA SUCESION CORRESPONDE A LA ESPOSA Y A LA HIJA

  • Consulta : 285749
  • Autor : olar
  • Publicado : Jueves 07 de Marzo de 2019 23:07
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,155
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  • Autor
    Consulta

  • olar
    USUARIO REGISTRADO

    Si en un matrimonio muere el esposo y deja casa, muebles, carro, cuentas bancarias y parte de la herencia de su madre aun pendiente de resolverse, que proporción le toca a la esposa y a la hija?. Estuvieron casados por sociedad conyugal Gracias por su respuesta

     

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  • Autor
    Respuesta No: 399545

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A cada una (esposa e hija) le toca el 50% de la parte correspondiente al de Cujus, esto debido que la esposa estaba casada en sociedad conyugal y por consiguiente el 50% del 100% es de ella. Lo que no es muy claro lo que señala en cuanto dice Usted que "...parte de la herencia de su madre aun esta por resolverse..." La parte proporcional (50%) correspondiente a la esposa, no entra en la masa hereditaria.



  • Autor
    Respuesta No: 399556

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    señalas que esta por resolverse el juicio de la madre, por lo tanto no sabes si el es heredero, pero en cuanto a la casa, carro, muebles le corresponde el 50% a los hijos y en cuanto a la cuenta del Banco, debe de haber dejado beneficiarios



  • Autor
    Respuesta No: 399586

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la parte a heredar por parte de la madre fallecida... no le corresponde en nada a la esposa... pero a la hija... le corresponde la misma fracción que le corresponda al hijo y marido fallecido de la división de la masa hereditaria... el abogado que llevaba el asunto... sabe que hacer...



  • Autor
    Respuesta No: 399598

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    olar:

    Haga caso omiso de las absurdas respuestas formuladas por los foristas que le respondieron antes de mi contestación.

    Lo cierto es que en toda sociedad conyugal el 50% de los bienes de la sociedad corresponde al marido y el resto a la esposa, pero por ley los bienes que se reciben por herencia quedan fuera de la sociedad conyugal, por lo que la esperada herencia de la señora madre del difunto está fuera de esta sociedad.

    Como toda sociedad, los bienes de la sociedad conyugal pertenecen per se ase reparten por mitad a cada uno de los socios, de tal manera que la viuda ya queda dueña (a título de gananciales) de la mitad de los bienes de dicha sociedad, así que la herencia es nada más la otra mitad (la que pertenece al difunto), y esta mitad se debe repartir a partes iguales entre la viuda y su hija, aunque es claro que si existen otros hijos hasta el momento desconocidos, también ellos entran al reparto..

    El asunto se complica por la existencia de una sucesión de bienes pendiente de resolverse, que es la sucesión de la señora madre del difunto, y digo que el asunto se complica porque las sucesiones son juicios universales que obligan a que una sucesión como la del difunto de esta consulta, quede pendiente de resolver qué parte de la herencia de su madre le corresponde, a este fenómeno se denomina “acumulación de juicios”.

    Y respecto a que a la viuda deje de corresponderle parte de la herencia de la suegra previamente fallecida, también es una gran mentira que es increíble que la haya formulado una persona que presume de ser doctor en derecho, cuenta habida que, como ya antes manifesté, esa herencia para nada entra a formar parte de la sociedad conyugal, pero desde luego que sí entra a formar parte de los bienes del DE CUJUS SUCESSIONE AGITUR (De aquel de cuya sucesión se trata), de tal manera que acrecienta el haber hereditario personal del difunto que se debe repartir entra la viuda y su hija.





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