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PENSION ISSSTE-IMSS
- Consulta : 284781
- Autor : jbcallejas_NR
- Publicado :
Miércoles 19 de Septiembre de 2018 04:17
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,084
- Tipo de Usuario :
-
AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 19 de Septiembre de 2018
Estado de Referencia: Distrito Federal
Cotice en el IMSS 5 años hasta 1992, deje de trabajar unos años y regrese pero cotizando al ISSSTE durante 21 años. Estoy en Cuentas individuales en el ISSSTE. Ya voy a cumplir los 60 años. Al parecer solo puedo aspirar a la pensión minima de dos salarios mínimos pero no reuno el requisito de 25 años de servicio al ISSSTE. Ya quisiera retirarme pero ¿podría aspirar a una mejor pensión si me retiro del ISSSTE y cotizo en el IMSS para recuperar mis derechos? Después de un tiempo cotizando al IMSS pues ya me pensionaría por el IMSS. Creo y esa es la pregunta, que podría pedir la portabilidad de años de servicio del ISSSTE a semanas cotizadas en el IMSS y así tener las 500 semanas mínimo requeridas ¿sería eso posible? Muchas gracias por su respuesta. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 398617
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Septiembre de 2018 03:03 2018-09-20 03:03 desde IP: 187.189.246.65
Si tienes 21 años cotizando en el ISSSTE, en el 2007 tenías 10 cotizados en ese instituto, no comprendo porqué elegiste Cuentas Individuales, pero si ya es así te puedo decir que la portabilidad de derechos si opera en tu caso pero sería en este momento para pensionarte en el ISSSTE, las semanas cotizadas en el IMSS te servirían solo para completar los 25 años...….. Para pensionarte por el IMSS tendrías que cotizar un año y después solicitar la portabilidad, pero sería por ley 97, no 73...…….. Si tu saldo en tu cuenta individual es poco te conviene más la pensión del ISSSTE ya que la pensión garantizada es mayor aquí que en el IMSS...……… Hay que tener claro que la portabilidad se da porque a raíz de la modificación de la ley del ISSSTE en el 2007 para incorporar el sistema de cuentas individuales, la ley del ISSSTE se volvió compatible con la ley 97 del IMSS y su régimen de cuentas individuales..... Saludos
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