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DUDA SOBRE DEMANDA LABORAL
- Consulta : 284335
- Autor : cachorro222_NR
- Publicado :
Domingo 15 de Julio de 2018 11:16
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,140
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 15 de Julio de 2018
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola tengo una duda el mes de diciembre fui despedido de mi trabajo Trabajaba en un hospital de gobierno y se presentó una demanda el día 3 de enero en la junta local de conciliación y arbitraje 5 meses después el abogado me avisa que la junta se declara incompetente y que por acuerdo te darán mi expediente al tribunal Federal de conciliación y arbitraje mes y medio después de que fue enviado al tribunal nuevamente me vuelve a decir el abogado que el tribunal se declara incompetente Y qué va a turnar el expediente a un colegiado Mi pregunta es si esto es cierto o el abogado sólo me está engañando para qué sirve eso de un colegiado creo que sólo hemos perdido el tiempo ya que se pasa de la expediente de uno a otro y ni siquiera una audiencia se ha programado me gustaría que algún abogado me orientara Qué puedo hacer en este caso y si debo despedir al abogado Muchas gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 398046
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Julio de 2018 13:43 2018-07-16 13:43 desde IP: 187.236.233.214
Es cierto. si le aclaro que el TFT es una instancia muy lenta.
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Autor
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AutorRespuesta No: 398098
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Julio de 2018 20:40 2018-07-21 20:40 desde IP: 189.180.167.242
todo lo que hace tu abogado... es correcto... y... lo que tarda en verificarse un expediente... es poco en comparación con otros.... ya debe tener la fecha de tu audiencia... habla con el...
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Autor
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AutorRespuesta No: 398120
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Julio de 2018 03:38 2018-07-24 03:38 desde IP: 187.199.104.5
garovalo:
Es totalmente falso lo que dices de que: “todo lo que hace tu abogado... es correcto...”.
Y tus palabras nos hacen ver que ni tú, ni el abogadete de marras tienen conocimiento ninguno de que los trabajadores del gobierno en la Ciudad de México deben someterse a la competencia del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en vez de a una Junta de Conciliación y Arbitraje.
Te sugiero que te pongas a estudiar el derecho laboral, comenzando con la diferenciación de competencias existente entre el Apartado A y el Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 398125
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Julio de 2018 18:12 2018-07-24 18:12 desde IP: 187.145.120.238
saludos magister... saludos...
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