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CONCUBINATO
- Consulta : 283827
- Autor : despachojuridico_70_NR
- Publicado : Lunes 19 de Febrero de 2018 13:12 desde la IP: 201.146.171.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,135
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 19 de Febrero de 2018
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 397310
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Febrero de 2018 15:06 2018-02-20 15:06 desde IP: 189.242.15.117
Es una información testimonial ante el juez de lo familiar, en el cual se presentarán 2 testigos que mencionen elementos esenciales para acreditarlo y que saben y les consta, ejemplo: que conocen a los concubinarios desde hace tiempo, que saben y les consta que vivieron en concubinato desde hace más de tres años, si tuvieron hijos en común y se anexan copias certificadas de las actas de nacimiento. Comunmente los jueces antes de señalar fecha de audiencia, solicitan el informe del registro civil central a efecto que conste que no se encontraba casada la persona con la cual se intenta acreditar el concubinato. Es un tramite relativamente sencillo y te repito que lo esencial es la información testimonial de dos personas.
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