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REPRESENTANTE

  • Consulta : 282927
  • Autor : norma_cutu_NR
  • Publicado : Jueves 20 de Julio de 2017 13:42 desde la IP: 189.204.106.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • norma_cutu_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Hola, Me encuentro en proceso de audiencias por una denuncia que hice ante profeco. Adquirí un vehiculo a crédito en 2014 a 48 meses, en diciembre de 2015 hice un abono a capital por el 40% del valor total de crédito, las mensualidades se redujeron a 26 así como el monto total a pagar de intereses. Terminé de pagar en febrero de 2017. La financiera me emitió carta finiquito con la que solicite la cancelación de poliza de seguro forzoza por parte de la financiera. Me cancelaron la póliza y me devolvieron las primas no devengadas, posterior a ello, la financiera estuvo aproximadamente 30 dias dándome excusas para no devolver la factura original de mi vehículo, finalmente me envía un correo escueto donde las cifras no cuadran con lo acordado y me dice que debo 80,000 y hasta que los liquide me podrán entregar mi factura. Procedí a poner una queja en CONDUSEF y ellos me remitieron con PROFECO ya que aqui lo indica el contrato original. Ya tuve mi primera audiencia a la cual llegaron los abogados de la automotriz y de la financiera y argumentan que el adeudo es por concepto del seguro, tengo toda la documentación que demuestra que el seguro se pago de contado y el monto total de este estaba incluído en el financiamiento ya pagado en su totalidad, existe alguna ley que tipifique esta acción como secuestro o robo de Documento Valor? cual sería la mejor forma de defender mi posición en mi segunda audiencia? De antemano gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 395118

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    acción como secuestro o robo de Documento Valor.... no.... no hay tal... por pretender bajar los valores y no adeudar un monto ya pactado.... pagaste.... pero eso causo que a ellos.... la empresa.... les disminuyera el ingreso... si sumas todo lo que debiste pagar y haces tu cuenta.... va a resultar que te ahorraste esa suma...80 mil pesos... que ahora quieren recuperar... esa es tu defensa... ya pagaste en forma anticipada... y ello causa un detrimento del pago fraccionado....a plazos...pues... pero has primero todas tus cuentas... y no.... no hay delito.... penal... o civil....



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