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OBJECIóN DOCUMENTO PRIVADO
- Consulta : 282432
- Autor : Juanochoa51_NR
- Publicado : Miércoles 19 de Abril de 2017 14:28 desde la IP: 187.190.26.17
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,101
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 19 de Abril de 2017
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 393972
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Abril de 2017 15:12 2017-04-19 15:12 desde IP: 189.145.223.199
El Juez no previene, ni debe decidir que documentos deben ser objetados de falsos, esta facultad corresponde a las partes; Los documentos privados ofrecidos como prueba, cuando no fueren objetados o no quedare justificada la objeción respectiva, se tendrán por reconocidos y harán prueba plena, contra el colitigante, en cuanto tengan relación con el negocio, aun cuando el mismo colitigante no sea autor de ellos. Saludos.
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