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PENSION ALIMENTICIA DESPUES DE JUBILADO
- Consulta : 281541
- Autor : joeldf2001_NR
- Publicado : Viernes 18 de Noviembre de 2016 08:56 desde la IP: 201.147.152.117
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,149
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 18 de Noviembre de 2016
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 392116
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Noviembre de 2016 10:15 2016-11-18 10:15 desde IP: 189.180.233.36
tu abogado sabe que hacer... solicitar a pensionados se haga el descuento y se remita en forma directa... obvio... el monto va a bajar... y no se puede pedir sobre este un aumento... ya que no va a recibir incrementos futuros.... es sobre el monto porcentual...señalado... nada mas... tu abogdo sabe que hacer... eso solo el abogado lo puede pedir...
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