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PROCEDE LA JUNTA DE PERITOS?

  • Consulta : 281473
  • Autor : marty7_NR
  • Publicado : Jueves 10 de Noviembre de 2016 13:56 desde la IP: 189.225.247.213
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,232
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  • Autor
    Consulta

  • marty7_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Hola que tal Abogados! Soy estudiante y auxilio en un despacho, se ha presentado un asunto en materia mercantil en el que se ofrecieron los respectivos dictámenes grafoscópicos para analizar una firma de una persona, el perito oficial que nombró la parte contraria, en sus conclusiones coincidió con lo que rindió nuestro perito, respecto a que la firma analizada y puesta si era de su puño y letra de una señora, me he puesto a estudiar la gran mayoría de Jurisprudencia, pero ésta sólo se refiere a la junta de peritos cuando hay discrepancias pero no cuando los de ambas partes coinciden, la contraria solicito esa junta, es procedente? Un saludo!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 391988

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no.... cuando ambos peritos son coincidentes en la escencia... no es posible que juridicamente se de esta junta de peritos... cuando uno dice si... el otro dice no... es cuando el perito tercero... dira en junta de peritos...cual de los dos peritos tiene la razon... no hace un peritaje... revisa lo que hicieron... pero este no es el caso... no procede...



  • Autor
    Respuesta No: 392036

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo (cordiales saludos):

    El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal establece que los peritajes deben ser rendidos dentro de la audiencia de pruebas, y que las partes tienen el derecho de formular preguntas a los peritos, lo mismo que el juez, de tal manera que, desde luego, es procedente la junta de peritos para que las partes puedan ejercitar su derecho, y en caso de solicitarse y negarse la celebración de la junta de peritos, el juzgador estará cometiendo una violación a las normas esenciales del procedimiento que puede ser motivo de apelación para obtener la reposición del procedimiento.

    Le informo que cuento con expedientes en los que así he procedido y he obtenido la celebración de la junta de peritos.



  • Autor
    Respuesta No: 392046

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no hay junta de peritos... cuando ambos peritos... dicen en coincidencia... no tiene caso... y felicidades... ers de los que hacen dificil todo tipo de procedimientos... nomas por fastidiar y cobrar al cliente... verdad?



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