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COMO LE PUEDO HACER
- Consulta : 281454
- Autor : danykoketa__NR
- Publicado : Martes 08 de Noviembre de 2016 14:19 desde la IP: 201.114.206.5
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,141
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Noviembre de 2016
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 391956
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Noviembre de 2016 12:27 2016-11-09 12:27 desde IP: 189.180.233.36
nada... no puedes hacer nada... si no es tuyo... no puedes vender...ceder...donar... permutar... traspasar...o rentar...
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Autor
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AutorRespuesta No: 391997
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Noviembre de 2016 12:55 2016-11-11 12:55 desde IP: 189.228.98.188
Lo que puedes es vender es la mercancía y los enseres. Hablar con el propietario del inmueble para negociar que se quede el comprador como nuevo inquilino mediante contrato de arrendamiento. Estas clausulas generalmente para evitar que el arrendatario se vaya dejando incertidumbre jurídica, sin embargo, los propietarios generalmente acceden a realizar nuevo contrato para no dejar de percibir la renta .
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