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IMPUESTO FEDERAL A TERRENO UBICADO EN ZONA FEDERAL DE CD DEL CARMEN, CAMPECHE

  • Consulta : 281450
  • Autor : abarretoarenas_NR
  • Publicado : Lunes 07 de Noviembre de 2016 20:40 desde la IP: 187.150.17.144
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,146
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  • Autor
    Consulta

  • abarretoarenas_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Campeche
    El 15 de agosto del presente año recibí un citatorio de la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de Ciudad del Carmen, Campeche, relacionado con un requerimiento de pago y embargo respectivo correspondiente a los años fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 por estar en deuda del impuesto federal por terrenos ganados al mar ubicado en zona federal de Ciudad del Carmen, Campeche. La propiedad la adquirí octubre de 2014 a una señora que la había comprado a la Comisión Para La Regularización De La Tenencia De La Tierra (CORETT) en mayo de 1991. El Municipio de Ciudad del Carmen le cobro a la anterior propietaria los impuestos prediales correspondientes a partir del año 1991 y por mi parte pague dichos impuestos por los años 2014, 2015 y 2016, sin embargo el Tesorero argumenta que debido a un error el terreno todavía se encuentra en zona federal de acuerdo con un mapa proporcionado por la SEMARNAT y que por lo tanto hasta que no se corrija, el Municipio de Ciudad De Carmen esta obligado a recaudar el impuesto federal que es mayor al impuesto predial que ha venido cobrando el municipio. Primera Pregunta: ¿Es procedente que la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de Ciudad del Carmen, Campeche cobre el impuesto Federal por todos estos años por los que ya cobro el impuesto predial? Segunda Pregunta: ¿Es correcto que se me considere deudor de un impuesto federal porque presuntamente la propiedad se encuentra en zona federal si ya existió una venta por escritura de dicha propiedad en 1991 y los funcionarios del gobierno municipal debieron dejar documentado que la propiedad pasaba a ser municipal a partir de esa fecha?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 391957

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primera Pregunta: ¿Es procedente que la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de Ciudad del Carmen, Campeche cobre el impuesto Federal por todos estos años por los que ya cobro el impuesto predial? ...........si... ellos lo cobran... y despues lo pagan a la federación... si la federación te busca... tu demuestras el pago realizado... checa tu artpiculo 115 constitucional... municipio libre...................................................... Segunda Pregunta: ¿Es correcto que se me considere deudor de un impuesto federal porque presuntamente la propiedad se encuentra en zona federal si ya existió una venta por escritura de dicha propiedad en 1991 y los funcionarios del gobierno municipal debieron dejar documentado que la propiedad pasaba a ser municipal a partir de esa fecha? .......... si hay deuda... si... si tu demustras el pago realizado... se hara la quita... o se tendra que tener en cuenta el pago parcial... si hay deuda... eres deudor... pero estan obligados a reconocer sus recibos... aun cuando sean de otras gestiones municipales...



  • Autor
    Respuesta No: 391970

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted menciona que recibió un citatorio, más no un crédito fiscal. El Municipio sí puede requerir impuestos federales ya que el Convenio de Coordinación Fiscal los faculta a cambio de participaciones. Pero lo más importante de su consulta, es que la autoridad reconoce que se trata de un error de ellos. Luego entonces Usted debe demandar la nulidad del citatorio de la Tesorería y señalar como agravio el error de la autoridad. El problema es que ya han transcurrido dos meses siendo que contaba con quince días para demandar. Busque a un abogado especialista en materia fiscal y administrativa para que le asesore, no tódólogo ni coyote.



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