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ME RECHAZARON EL TRAMITE DE UNOS MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO CIVIL, POR NO PROPORCIONAR EL NOMBRE DEL FUTURO DEMANDADO, (LO DESCONOZCO)
- Consulta : 280467
- Autor : josegarcia1999_NR
- Publicado : Domingo 17 de Julio de 2016 20:47 desde la IP: 201.144.41.172
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 17 de Julio de 2016
Estado de Referencia: Jalisco
tengo el dominio pleno por haber comprado dos terrenos, mismos que hoy estan ocupados por un desconocido, para recuerar la posesion, decidí promover medios preparatorios, en donde la diligencia versaria sobre interpelar al que posee mis terrenos sobre la calidad de su tenencia o posesion; DESEO POR FAVOR ME COMENTEN EL FUNDAMENTO LEGAL PARA presentar la apelacion, dedo que fueron rechazados esos medios preparatorios, argumentando el juez que ese tribunal no es una instancia investigadora, que debia proporcionar el nombre completo del que esta ilegalmente poseyendo mis propiedades...... lo cierto es que es una persona que desconozco. gracias. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 389882
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Julio de 2016 22:36 2016-07-17 22:36 desde IP: 201.141.134.127
¿Por qué considera que la apelación es la vía para reclamar el desechamiento de los medios preparatorios? ¿Qué es un futuro demandado? Efectivamente el Juzgado no es una instancia investigadora.
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Autor
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AutorRespuesta No: 389883
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Julio de 2016 23:05 2016-07-17 23:05 desde IP: 201.141.134.127
Es ironía.
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Autor
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AutorRespuesta No: 389884
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Julio de 2016 09:18 2016-07-18 09:18 desde IP: 187.199.105.186
josegarcia1999
Inicie averiguación previa por el delito de despojo…
Código Penal del Estado de Jalisco
Art. 80. El derecho del ofendido para presentar su querella por un delito, sea o no continuo, que sólo pueda perseguirse por querella de parte, prescribirá en seis meses, contado desde el día en que la parte ofendida tenga conocimiento del delito y del delincuente; y en tres años, independientemente de esta circunstancia. Presentada la querella, la prescripción se sujetará a las reglas señaladas por este código para los delitos que se persiguen de oficio.
De conformidad con su relato, su derecho a querellarse está vigente, y el expediente penal le permitirá conocer nombre y demás datos personales del ocupante de su predio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 389948
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Julio de 2016 19:57 2016-07-20 19:57 desde IP: 189.180.242.43
tu abogado te dice por que no procede... ya que tu pretensión es iniciar una reivindicación de bien inmueble... pero al carecer de los nombres de quies se posesionaron... careces de todo derecho a reclamar... y no hay medios prepararorios en este caso... ya que debe haber un actor y un demandado directo... no procederia tu apelación... de intentarla...
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Autor
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AutorRespuesta No: 390009
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2016 14:10 2016-07-22 14:10 desde IP: 187.222.153.113
Hola: Yo en otra estrategia dejaria ir la prevencion o el desechamiento total, para intentar otra accion legal...suerte. LIC. ESTRADA Asesoria en linea sin costo por Whatssap 55 43442775.
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AutorRespuesta No: 390228
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Agosto de 2016 11:24 2016-08-02 11:24 desde IP: 189.163.138.111
Gracias a todos por sus atinadas sugerencias.
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