Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

REGISTRO DE HIJO COMO PADRE SOLTERO

  • Consulta : 280043
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Miércoles 01 de Junio de 2016 00:15 desde la IP: 108.215.243.106
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,249
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora
    Miren parece de telenovela Tuve una aventura y con una mujer y quedo embarazada y la estuve manteniendo durante el embarazzo, y tuvimos una bebe, pero esta vino y me la.dejo asi no mas que yo me hicera cargo, y logico lo voy hacer pero quiero registrala con mis apellidos se puede, de esto ya paso dos meeses y no se nada de ella

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 389019

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches. El Código Civil de Sonora dice: …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………



  • Autor
    Respuesta No: 389020

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches. El Código Civil de Sonora dice: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ARTICULO 150.- Tienen la obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, dentro de los ciento ochenta días de ocurrido aquél.



  • Autor
    Respuesta No: 389021

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches. El Código Civil de Sonora dice: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ARTICULO 150.- Tienen la obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, dentro de los ciento ochenta días de ocurrido aquél. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ARTICULO 155.- Para que se haga constar en el acta de nacimiento el nombre del padre de un hijo nacido fuera de matrimonio, es necesario que aquél lo pida por sí o por apoderado especial, constituido en la forma establecida en el artículo 139; haciéndose constar en todo caso la petición. La madre no tiene derecho de dejar de reconocer a su hijo. Tiene obligación de que su nombre figure en el acta de nacimiento de su hijo. Si al hacerse la presentación no se da el nombre de la madre, se pondrá en el acta que el presentado es hijo de madre desconocida, pero la investigación de la maternidad podrá hacerse ante los tribunales de acuerdo con las disposiciones relativas de este Código. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Usted debe presentarse con el menor a registrarlo, el problema es que debe exhibir la constancia donde lo dieron a luz… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Ahora bien, el Infonavit no puede quedarse con su casa si previamente no fue notificado de la demanda, por lo que es probable que lo estén buscando y para ayudar más a su causa, muchos abogados que trabajan cartera de Infonavit (No todos), pierden los asuntos solos, por lo que puede sacar provecho mientras se la quitan. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita desde nuestra página de Internet para una asesoría. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado” ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… w . w . w . a b o g a d o s p e r e g r i n a – s a l a z a r . c o m



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión