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NOS ECHAN DE CASA
- Consulta : 279962
- Autor : jacobolieberman_NR
- Publicado : Martes 24 de Mayo de 2016 09:43 desde la IP: 189.205.236.105
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,098
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 24 de Mayo de 2016
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola, Gracias por la atención. Llevamos viviendo siete años en esta casa y desde el 2011 ya no renovamos el contrato, todo a sido de palabra, nunca nos hemos retrasado en la renta e incluso hemos compartido gastos estructurales de la casa con la dueña. Anoche, 23 de mayo, nos mandó un correo diciendo que quiere que desocupemos la casa el 15 de julio lo cual es menos de dos meses. Mi pregunta es si podemos no salir en esa fecha si no hemos encontrado otro lugar y qué pasa si no pagamos estos últimos meses o qué podemos hacer, cuál es nuestra situación y qué derechos tenemos? Muchas gracias y saludos. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 388892
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Mayo de 2016 12:12 2016-05-24 12:12 desde IP: 189.178.52.180
en principio como no tienes un contrato escrito esta señora deberá de llevar a cabo medios preparatorios para demostrar que existe un contrato para eso te van a llamar, tu debes de seguir pagando la renta
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Autor
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AutorRespuesta No: 388902
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Mayo de 2016 02:06 2016-05-25 02:06 desde IP: 201.141.198.1
Buenas noches. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que aunque no exista un contrato escrito, si tienes recibos de pago o con la declaración de la arrendadora, puedes acreditar la celebración del contrato de arrendamiento ya que es imable a ella la falta del mismo. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Ahora bien, ustedes están sujetas a cumplir con contrato como lo venían haciendo, es decir, pagar la renta de forma puntual y para la terminación del mismo debe avisárseles con 30 días hábiles de anticipación (articulo 2478 del Código Civil). ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… No obstante lo anterior, ustedes pueden negar haber recibido el aviso y su arrendadora tendría que notificarles por notario o juez, la terminación del mismo y tendrían que desocuparla 30 días hábiles luego de que las haya notificado de esa forma. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Por ultimo cabe mencionar, que si no se salen en el tiempo que la arrendadora fijó o no pagan la renta, ella tendría que proceder judicialmente y ustedes deben entrar a juicio para que una vez que se dicte la sentencia, sean condenadas al pago de rentas (Si no las hicieron) o a desocupar el inmueble. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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