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DERECHO DEL TANTO

  • Consulta : 279936
  • Autor : PEPEALE01
  • Publicado : Viernes 20 de Mayo de 2016 19:29 desde la IP: 189.171.227.218
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,227
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  • Autor
    Consulta

  • PEPEALE01
    USUARIO REGISTRADO

    Mi consulta es sobre lo siguiente, soy socio de un Invernadero de 1 Ha, constituidos como una SPR de RL de CV, somos tres socios en total, pero los otros dos socios no quieren continuar trabajando el Invernadero y proponen rentarlo, yo les comuico que es mi deseo rentarlo y trabajarlo por mi cuenta ofreciendoles una cantidad mayor que otro postor, ellos se niegan argumentando que es su deseo darle oportunidad a otras paersonas de trabajar el Invernadero, puedo hacer valer el derecho del Tanto?, o que otra opción legal tengo para poder yo rentar las partes restantes del Invernadero. Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 388853

  • Victormiaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes. Puede hacer valer el derecho del tanto en la venta que hagan los socios de la parte que les corresponda. Ahora bien, si existe una sociedad, debe existir un estatuto que señale como se debe proceder en cualquier caso que se presente; salida de un socio, muerte, liquidación etc. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 388861

  • PEPEALE01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias, entiendo que el derecho del tanto se refiere al caso de que mis otros socios quisieran vender sus acciones, donde yo tendrá preferencia en la compra, solo que no es el caso, se trata solamente de arrendar el invernadero, para lo cual yo pido ser quien lo arrende pagando la parte proporcional a mis socios, es decir pagando a cada uno lo que le tocaría en caso de rentarcelo a un tercero, pero quiero saber si en este caso yo tengo preferencia para rentarlo que un tercero que no sea socio.



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